El Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Villa Alemana resolvió el 27 de agosto…
Sentencia · Tribunal Oral en lo Penal · 2026
Resumen
El Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Villa Alemana resolvió el 27 de agosto de 2026 la excepción de prescripción opuesta por el ejecutado S.A.N.M. contra la demanda ejecutiva presentada por la Sociedad Administradora De Fondos De Cesantía De Chile S.A. El ejecutado alegó que la acción estaba prescrita conforme al artículo 31 bis de la Ley N°17.322, al haber transcurrido más de cinco años desde los periodos de cotizaciones adeudadas (julio‑octubre 2009). La parte ejecutante solicitó el rechazo de la excepción, argumentando que corresponde acreditar el término de los servicios para computar el plazo de prescripción. El tribunal constató que no se acreditó el término de los servicios de los trabajadores involucrados, por lo que no se pudo determinar el inicio del cómputo del plazo. En consecuencia, la excepción de prescripción fue declarada inadmisible y se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro de la deuda, con reajustes, intereses y costas. La resolución fue firmada por la Jueza T.J.O.V..
Normas citadas
Art. 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil
Art. 31 bis Ley N°17.322
Art. 5 Ley N°17.322
Art. 1° inc. primero Ley N°17.322
Art. 2492 Código Civil
Art. 464 Código de Procedimiento Civil
Art. 465 Código de Procedimiento Civil
Art. 466 Código de Procedimiento Civil
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