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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Salu…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Salud Coquimbo, ordenándole entregar la documentación completa del proceso de postulación y resultados de un concurso interno para kinesiólogo. La entrega comprende los antecedentes del postulante seleccionado y también los de los postulantes no seleccionados, en este último caso resguardando su nombre o identidad y cualquier otro dato que permita determinarlos. El Consejo fundó su decisión en que estos antecedentes sirvieron de base para la selección en un concurso público, sustentan el acto administrativo de designación y acreditan la idoneidad profesional de los seleccionados, sin que el órgano probara que su publicidad afecte de forma presente, probable y con suficiente especificidad derechos de terceros. Antes de la entrega, el servicio deberá tarjar los datos personales de contexto, en aplicación del principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia. Se le otorgó un plazo para acreditar el cumplimiento, bajo apercibimiento de sanción según el artículo 46 de la ley, y contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se pueden entregar los antecedentes de los postulantes no seleccionados en un concurso público de la administración del Estado?

En este caso, el Consejo para la Transparencia ordenó entregar la documentación completa del concurso, incluidos los antecedentes de los postulantes no seleccionados, siempre que se resguarde su nombre, identidad y cualquier otro dato que permita identificarlos.

¿Qué pasa con los datos personales al entregar documentos de un concurso en virtud de la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó tarjar los datos personales de contexto antes de la entrega, aplicando el principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia, de modo que se entregue lo que corresponde sin revelar datos protegidos.

¿Cuándo procede negar el acceso a la información de un concurso público por afectar derechos de terceros?

En este caso, el Consejo sostuvo que el órgano no probó que la publicidad afecte de forma presente, probable y con suficiente especificidad derechos de terceros, por lo que no se justificó la negativa de entrega.

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