Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra el Servicio de Salud Coquimbo, ordenándole entregar la documentación completa del proceso de postulación y resultados de un concurso interno para kinesiólogo. La entrega comprende los antecedentes del postulante seleccionado y también los de los postulantes no seleccionados, en este último caso resguardando su nombre o identidad y cualquier otro dato que permita determinarlos. El Consejo fundó su decisión en que estos antecedentes sirvieron de base para la selección en un concurso público, sustentan el acto administrativo de designación y acreditan la idoneidad profesional de los seleccionados, sin que el órgano probara que su publicidad afecte de forma presente, probable y con suficiente especificidad derechos de terceros. Antes de la entrega, el servicio deberá tarjar los datos personales de contexto, en aplicación del principio de divisibilidad de la Ley de Transparencia. Se le otorgó un plazo para acreditar el cumplimiento, bajo apercibimiento de sanción según el artículo 46 de la ley, y contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.