Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoAcoge

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una ciudadana contra l…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una ciudadana contra la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Calama, por la negativa a entregar el expediente de un sumario consultado. El órgano reclamado no derivó el requerimiento al organismo competente. El Consejo determinó que lo solicitado forma parte de investigaciones penales en curso, amparadas por la reserva del artículo 182 del Código Procesal Penal, por lo que corresponde al Ministerio Público pronunciarse. En aplicación de los principios de máxima divulgación y facilitación, el Consejo ordenó derivar la solicitud al Ministerio Público. La resolución puede ser reclamada de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Código Procesal Penal
  • Artículo 182 del Código Procesal Penal
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Oficio Ord. N° 045
  • Oficio N° 4286
  • Oficio Ord. N° 001
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si un organismo público no responde ni deriva una solicitud de acceso a la información que corresponde a una investigación penal?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió un amparo porque el órgano reclamado no derivó el requerimiento. Determinó que lo pedido forma parte de investigaciones penales en curso, amparadas por la reserva del artículo 182 del Código Procesal Penal, por lo que el Ministerio Público debe pronunciarse, y ordenó la derivación.

¿Puede el Consejo para la Transparencia ordenar derivar una solicitud de información al Ministerio Público?

Sí, en este caso el Consejo ordenó derivar la solicitud al Ministerio Público, aplicando los principios de máxima divulgación y facilitación, porque lo solicitado está vinculado a investigaciones penales en curso.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad una resolución del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el resumen indica que la resolución puede ser reclamada de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2026 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Corporación Muni…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Corporación Muni…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Corporación Muni…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

  • El Consejo para la Transparencia acogió un amparo interpuesto contra la Corporación Mun…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido en contra de la Municipalida…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.