El tribunal declara el reclamo de vulneración de derechos extemporáneo por haberse dedu…
Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2012
Resumen
El tribunal declara el reclamo de vulneración de derechos extemporáneo por haberse deducido vencido el plazo de 15 días hábiles contados desde la ejecución del acto o la ocurrencia de la omisión yo desde que se haya tenido conocimiento cierto de los mismos, conforme al artículo 155° del código tributario.
Normas citadas
Código Tributario
Artículo 155º del Código Tributario
Código de Procedimiento Civil
Artículo 8º bis del Código Tributario
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