TributarioAcoge

La parte reclamante, Mario Patricio Muñoz Montecinos, representado por Nicolás Ignacio…

Resumen del criterio jurisprudencial

La parte reclamante, Mario Patricio Muñoz Montecinos, representado por Nicolás Ignacio Abbott Croxatto, se desistió de la reclamación deducida en contra de las Liquidaciones N° 853, 854 y 855, emitidas por el Servicio de Impuestos Internos por concepto de Impuesto de Primera Categoría de los años tributarios 2015 y 2016, y de Impuesto Global Complementario del año tributario 2015. El Servicio de Impuestos Internos evacuó el traslado sin oponerse al desistimiento, manifestando que se estaría a lo que el tribunal resolviera. El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Ñuble y del Biobío acogió el desistimiento, dando por terminado el procedimiento sin costas. La resolución se dictó el 5 de febrero de 2019, y se ordenó notificar por carta certificada a la reclamante y mediante publicación en el sitio web del tribunal a la reclamada.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.