Resumen del criterio jurisprudencial
Ratifica dictámenes N°s. 52.977, de 2016; 24.510, de 2017; 26.773, de 2019; E150906, de 2021; E260052, de 2022; y E315698, de 2023; concluyendo que el dictamen N° 15.806, de 2016, ya se encuentra cumplido y que a esta Contraloría General no le corresponde evaluar los aspectos considerados por la Administración activa para el otorgamiento de pensiones de gracia.