Resumen del criterio jurisprudencial
La I. Corte de Apelaciones de Iquique revocó la sentencia dictada por el Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá, con motivo del recurso de apelación interpuesto por el Servicio en contra de la resolución que eximió del pago de las costas al contribuyente totalmente vencido. El tribunal durante la tramitación del juicio decretó una medida para mejor resolver mediante la cual ordenó al Servicio a acompañar unos documentos, señalando el tribunal que el Servicio no cumplió con acompañarlos. El tribunal de primera instancia resolvió rechazar el reclamo del contribuyente en todas sus partes, pero no obstante ello, no lo condenó en costas. Fundó lo anterior, en que el Servicio al no acompañar los documentos con motivo de la medida para mejor resolver decretada, habría dificultado innecesariamente la labor del tribunal. A saber: “Todo lo anterior SIN COSTAS, dada la renuencia del SII para acompañar los antecedentes solicitados en la medida para mejor resolver de fs. 277, acorde a lo constatado a fs. 285, dificultando así innecesariamente la labor de análisis de este Tribunal.” La Corte señaló al respecto, que las circunstancias esgrimidas por el juez “no poseen la entidad que se les atribuye para eximir el pago de las mismas a quién resultó perdidoso”. A continuación revocó la sentencia pero sólo en la parte relativa a eximir del pago de las costas al contribuyente, señalando que se deben “solucionar las mismas por haber sido totalmente vencido”.