Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana resolvió el reclamo interpuesto por Inmobiliaria Reconquista S.A. contra el Servicio de Impuestos Internes (SII) respecto al avalúo del inmueble ubicado en Volcán Láscar N° 801, Pudahuel. El SII había modificado el avalúo en dos oportunidades mediante las Resoluciones Ex. N° A14.2015.00023982 y Ex. N° A14.2016.00000913, y posteriormente negó la solicitud de modificación al Catastro mediante el Oficio Ordinario N° 00752. El Tribunal constató que el Oficio no se ajusta a las hipótesis previstas en los artículos 149 y siguientes del Código Tributario, pues no fija ni modifica el avalúo de forma individual o por tasación general. Además, señaló que el plazo para impugnar la Resolución Ex. N° A14.2016.00000913 había vencido, por lo que no era reclutable. En consecuencia, declaró inamisible el reclamo y ordenó su notificación a la parte reclamante.