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El organismo peruano competente recordó que las obras musicales, imágenes y creaciones…

Resumen del criterio jurisprudencial

El organismo peruano competente recordó que las obras musicales, imágenes y creaciones artísticas no son de dominio público por circular en redes sociales. La medida busca evitar que los candidatos utilicen material sin autorización en la propaganda electoral rumbo a las elecciones generales de 2026.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.