Resumen del criterio jurisprudencial
Mónica Jeannette Pinares Toledo dedujo recurso de protección contra la Superintendencia de Seguridad Social por la resolución que confirmó el rechazo de sus licencias médicas. La recurrente consideró ilegal y arbitraria la decisión de no autorizar las licencias por sus patologías. La Superintendencia informó que actuó dentro de su competencia y que el derecho a licencias no era indubitado. La Corte Suprema analizó el Decreto Supremo N°3 y la Ley N°16.395, que otorgan facultades a la COMPIN y a la Superintendencia para rechazar o aprobar licencias. Concluyó que la recurrida se ajustó al marco legal y que la decisión fue fundada. Además, señaló que la facultad de disponer exámenes complementarios es discrecional. Finalmente, confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso de protección.