Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la reclamación presentada por Gabriel Arturo Morales Epuyao, administrador electoral de su propia candidatura a Concejal por Quilpué, contra la resolución N°G11277 del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales por omisiones graves. El reclamante intentó subsanar cinco observaciones, pero no acompañó la documentación tributaria exigida para los gastos de arriendo y servicios de brigadista, presentando solo un recibo de arriendo. La resolución del Servel estableció que no se cumplió con los artículos 47 y 50 de la Ley N°19.884, al no justificar los gastos con facturas o boletas. El Tribunal confirmó que la falta de documentos tributarios válidos constituye una infracción y desestimó el argumento del reclamante de que el arrendador no emite factura por arriendo sin muebles. Se ordenó registrar y notificar la decisión, con voto concurrente de todos los ministros.