Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua revoca la sentencia de primera instancia que había acogido la demanda de precario interpuesta por Agrícola Tralcan SpA en contra de Far así. El tribunal de alzada rechaza la demanda por considerar que la sentencia apelada no cumplió con los requisitos de precisión necesarios respecto de los deslindes del terreno ocupado. La decisión se fundamenta en que la acción de precario debe ejercitarse sobre una cosa singular y determinada, especialmente tratándose de inmuebles. El fallo revoca la sentencia de primera instancia dictada por la jueza Constanza Valentina Acuña Sauterel del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Peumo. Se rechaza la demanda sin costas por haber litigado con motivo plausible.