Resumen del criterio jurisprudencial
Si bien el consumo de alcohol dentro de la empresa, así como la prestación de servicios bajo su influencia, no están contemplados como causal de término de contrato en forma expresa, corresponde al empleador determinar si la conducta del trabajador podría justificar su despido. Si el despido se produce, el trabajador/a tiene el derecho de demandar ante los Tribunales de Justicia, a fin que éstos determinen si los hechos resultan o no suficientes para configurar una causal de término de contrato.