Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció del recurso de nulidad interpuesto por la defensa de Gladis Irene Bahamondes Vera contra la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar que la condenó como autora de estafas reiteradas a 15 años de presidio mayor en su grado medio. La defensa alegó error de derecho al aplicar la agravante de reincidencia del artículo 12 N°15 del Código Penal, argumentando que una de las condenas previas (por robo con violencia de 2017) se encontraba prescrita según los artículos 104 y 97 del mismo código. La Corte acogió el recurso, considerando que el plazo de prescripción de 5 años para esa condena había transcurrido antes de la comisión de las estafas, por lo que la agravante fue erróneamente aplicada. En consecuencia, dictó sentencia de reemplazo reduciendo la pena a 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, manteniendo las demás sanciones. El fallo fue acordado con el voto en contra del ministro señor Mera, quien estuvo por no dictar sentencia de reemplazo.