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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) solicitó al Segundo Tribunal Ambiental aut…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) solicitó al Segundo Tribunal Ambiental autorizar la medida provisional de detención del funcionamiento de la faena extractiva de áridos ejecutada por la Sociedad Ganadera y Extractora de Áridos Santa Ángela Ltda. en el sector noreste del campo de Dunas de Ritoque, Fundo Las Palmas, km 13, Ruta F-30-E, Quintero, Región de Valparaíso, por 30 días corridos. La solicitud se fundamentó en una denuncia por elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y en fiscalizaciones que constataron una intervención significativa del campo dunar, con alteración de la continuidad superficial, formación de taludes, descenso del terreno y potenciales impactos negativos sobre flora, fauna y patrimonio arqueológico. Se determinó que entre 2013 y noviembre de 2017 se removieron 488.418 m³ de material, superando el umbral de 100.000 m³ que obliga a ingresar al SEIA, configurando una infracción grave según el artículo 35 letra b) de la LOSMA. La empresa presentó un programa de cumplimiento aún no aprobado. El tribunal, considerando la inminencia de daño ambiental grave y la necesidad de proteger el sitio prioritario 'Humedal de Mantagua y Dunas de Ritoque', autorizó la detención temporal de la faena por 30 días.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.