Tributario

En este sentido, plantea que a su juicio, licenciar el uso de los siguientes programas…

Oficio · Servicio de Impuestos Internos · 2009

Resumen

En este sentido, plantea que a su juicio, licenciar el uso de los siguientes programas computacionales: Contabilidad Gubernamental (Municipal, Educación y Salud); Presupuesto(Municipal, Educacional y Salud); Tesorería (Municipal), Ordenes de Ingreso; Conciliación Bancaria; Adquisiciones (Municipal, Educacional y Salud) integrado al Portal de Compras Públicas; Ordenes de Ingreso (Municipal); Personal (Municipal, Educacional y Salud); Remuneraciones (Municipal, Educacional y Salud), se encuentra gravado con el Impuesto al Valor Agregado. A su vez, estima que los servicios de instalación, configuración y puesta en marcha, capacitación, soporte a través de mesa de ayuda en línea, mantenimiento correctivo, monitoreo y asistencia en terreno, referidos a los programas computacionales licenciados

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)
SIIServicio de Impuestos Internosjurisprudencia administrativaoficioLey de Impuesto a las Ventas y Servicios (IVA)

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.