Resumen del criterio jurisprudencial
El Segundo Tribunal Ambiental autoriza la quinta renovación de la medida provisional de clausura temporal parcial del Relleno Sanitario Santa Marta, solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), por el término de 30 días corridos. La medida se fundamenta en la persistencia de un escenario de riesgo o daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas de la Región Metropolitana, especialmente la población aledaña al relleno. La autorización permite únicamente disponer y operar el área identificada como 'zona de seguridad - Celda 1', con el saldo disponible del volumen de 810.000 m³ inicialmente autorizado. Esta renovación se suma a cuatro autorizaciones previas (Roles S-, S-, S-, S- y S-) y se concede en el marco del procedimiento sancionatorio iniciado mediante Resolución Exenta Nº 1/, que imputa infracciones leves, graves y una gravísima. El tribunal considera que la medida es proporcional a los tipos infraccionales formulados.