Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente, representante de sociedades titulares de patentes de alcoholes, dedujo recurso de protección contra la Municipalidad de Rancagua por dictar el Decreto Exento N°3513/2025 que denegó la renovación de dichas patentes y por no resolver el recurso de reposición interpuesto contra ese acto. La recurrente alegó que la falta de pronunciamiento generaba incertidumbre jurídica y que, pese a la pendencia del recurso, la municipalidad cursó una infracción por funcionamiento clandestino. La Corte constató que el recurso de reposición no había sido resuelto sin motivación alguna, lo que afectaba la certeza jurídica y el derecho de defensa. Asimismo, consideró improcedente la infracción cursada mientras el recurso estaba pendiente, pues la demora no era imputable a la actora. En consecuencia, acogió parcialmente el recurso, ordenando a la municipalidad resolver el recurso de reposición en un plazo de 20 días, sin costas.