Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente, Alicia Beatriz Robles Urrutia, interpuso un recurso de protección en contra de Isapre Colmena Golden Cross por mantener un plan de salud con cobertura restringida para prestaciones de salud mental, pese a la entrada en vigencia de la Ley N° 21.331 que establece la igualdad de trato entre salud mental y física. El recurso alegó que la omisión de la Isapre de adecuar el plan vulnera las garantías constitucionales de igualdad ante la ley, no discriminación arbitraria, derecho de propiedad, y derecho a la vida e integridad física y psíquica. La recurrida sostuvo que no existía un acto concreto y que la ley no tiene efecto retroactivo sobre contratos antiguos. La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso, ordenando a la Isapre realizar los ajustes necesarios para equiparar la cobertura de prestaciones de salud mental a la de salud física, conforme al contrato vigente. El tribunal consideró que la Ley 21.331 y sus principios de igualdad y no discriminación se aplican a todos los afiliados, sin distinción por la fecha de suscripción del plan. Se rechazó la solicitud de costas.