El documento analiza la aplicabilidad del Sistema de Alta Dirección Pública a los direc…
Sentencia · Corte Suprema
Resumen
El documento analiza la aplicabilidad del Sistema de Alta Dirección Pública a los directores del SENADIS conforme a la Ley Nº 19.882. Establece que los directores regionales del SENADIS son altos directivos públicos sujetos al Título VI de la Ley Nº 19.882 y supletoriamente al Estatuto Administrativo, excluyendo su Título II. El artículo 71 de la Ley Nº 20.422 que remite al Código del Trabajo no aplica a los funcionarios directivos del SENADIS, sino solo a otros funcionarios. En consecuencia, los juzgados laborales carecen de competencia absoluta para conocer acciones de despido injustificado interpuestas por estos altos directivos. La excepción de incompetencia absoluta debe acogerse cuando se termina la relación funcionaria mediante petición de renuncia conforme al artículo 58 de la Ley Nº 19.882.
Ley Nº 19.882, Título VI - Sistema de Alta Dirección Pública
Ley Nº 20.422, artículo 71 - Régimen jurídico del SENADIS
LOC de Bases Generales de la Administración, Título II
Estatuto Administrativo
Alta Dirección PúblicaSENADISCompetencia laboralDespido injustificadoIncompetencia absolutaDirectores regionalesEstatuto AdministrativoJurisdicción laboral
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