ConstitucionalRechaza

El recurrente, en representación de su hijo estudiante de cuarto año medio, interpuso r…

Sentencia · Corte Suprema · 2026

Resumen

El recurrente, en representación de su hijo estudiante de cuarto año medio, interpuso recurso de protección contra el Liceo Jan Comenius por la sanción de expulsión y cancelación de matrícula aplicada tras un procedimiento disciplinario por hechos ocurridos durante una salida pedagógica. Alegó que el procedimiento fue ilegal y arbitrario, vulnerando el debido proceso, la honra y el derecho a la educación, y que el colegio debió denunciar los hechos al Ministerio Público en lugar de investigar internamente. El establecimiento informó que el procedimiento se ajustó a su reglamento interno y que se investigaron conductas graves como consumo de marihuana, hostigamiento a docentes y desobediencia. La Corte rechazó el recurso, considerando que el colegio actuó dentro de sus atribuciones y siguió el procedimiento reglamentario, sin que se configurara un acto ilegal o arbitrario que afectara las garantías constitucionales invocadas.

Normas citadas

  • Artículo 19 N° 3 Constitución Política de la República
  • Artículo 19 N° 4 Constitución Política de la República
  • Artículo 19 N° 10 Constitución Política de la República
  • Artículo 175 Código Procesal Penal
  • Ley N° 20.000
  • Artículo 60 del reglamento interno del Liceo Jan Comenius
recurso de protecciónexpulsión escolardebido procesoderecho a la educaciónhonraprocedimiento disciplinarioreglamento internoconsumo de drogas

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.