Resumen del criterio jurisprudencial
La Iglesia Metodista Pentecostal de Chile dedujo recurso de protección en contra de Juan Marcelo Díaz Salvatierra por el cierre ilegal de acceso a la Iglesia Cerro Navia mediante cadenas y candados. La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió el recurso, revocando la sentencia apelada de agosto de 2024. Se declaró que el acto del recurrido vulnera el derecho de propiedad contemplado en el artículo 19 N°24 de la Constitución. Se autorizó la reapertura del recinto con auxilio de la fuerza pública si fuere necesario.