Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de la Región de Los Lagos acogió en todas sus partes un reclamo tributario de avalúo de bienes raíces en contra del Servicio de Impuestos Internos, por el reavalúo de un inmueble, ubicado en el sector Ovejería, de la comuna de Osorno, solicitando se deje sin efecto el reavalúo efectuado y que se fije por el Tribunal, en definitiva, el valor de la propiedad en la suma de $150.000.000 pesos. Invocó la reclamante como causal de su reclamo la contenida en el artículo 149 N° 2 del Código Tributario, es dueña de un retazo de terreno denominado Lote 3, ubicado en el sector de Ovejería, de la comuna de Osorno. Indicó que según certificado de avalúo fiscal, emitido con fecha 12 de abril de 2013, la propiedad antes indicada se encuentra avaluada en $548.501.613, siendo que con anterioridad a la emisión del certificado antes señalado, la propiedad fue avaluada para el segundo semestre de 2012 en $254.343.265, es decir en un período de menos de seis meses el avalúo de la propiedad fue incrementado en más de un 50%.Agregó que en el mismo sector, se enajenó un retazo de 23.000 metros cuadrados en $220.000.000, es decir a $ 9.565 pesos el metro cuadrado, por lo que si se considera que el nuevo avalúo es de $548. 501.613 para 17.435 metros cuadrados, el metro cuadrado tendría un valor de $ 31.459, lo que significa una diferencia entre el valor comercial del predio y el valor asignado por el Servicio de Impuestos Internos, implicando un incremento de un 320%. El Tribunal accedió a lo solicitado por el contribuyente teniendo presente las siguientes consideraciones: 1.Que se acreditó que el avalúo fijado por el Servicio para el inmueble, válido a partir del primer semestre de 2013 es el resultado de una aplicación errónea de las tablas de clasificación, por lo que resulta absolutamente ineficaz; 2.Que, asimismo, se acreditó por el contribuyente que el valor comercial del inmueble de autos asciende a la suma de $175.311.972,64 pesos.