TributarioInadmisible

El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía declaró inadmisible por…

Resumen del criterio jurisprudencial

El tribunal tributario y aduanero de la región de la araucanía declaró inadmisible por improcedente el reclamo presentado por la contribuyente maría soledad barroso barroso en contra del giro de impuesto folio 234551606, emitido por la ix dirección regional del servicio de impuestos internos el 1 de julio de 2016. al efecto, estimó el tribunal que analizado el acto reclamado, se constató que correspondía a un giro por pago diferido del impuesto a la renta, modalidad que tiene lugar cuando los contribuyentes que no se encuentran en condiciones de enterar en arcas fiscales los impuestos que han determinado en su declaración de renta, solicitan a la unidad del servicio de impuestos internos correspondiente a la jurisdicción de su domicilio el pago diferido del impuesto, para lo cual efectúan la correspondiente solicitud consignando el monto de impuesto que desean diferir o postergar. en consecuencia, al resultar establecido que el impuesto que se contenía en el giro impugnado no provenía de una actuación fiscalizadora llevada a cabo por el servicio de impuestos internos, si no que se originaba en una gestión de la reclamante, resultaba evidente que el reclamo interpuesto era inadmisible por cuanto se impugnaba a través de él un hecho propio de la contribuyente consistente en la referida solicitud de postergación de pago, que finalmente derivó en el giro emitido por el ente fiscalizador a petición expresa de la interesada

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.