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La Contraloría General de la República desestimó los reclamos de ilegalidad interpuesto…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República desestimó los reclamos de ilegalidad interpuestos por funcionarios municipales de San Joaquín contra medidas disciplinarias de destitución y suspensión del empleo por tres meses con goce del 50% de su remuneración. Si bien un dictamen previo había determinado que el decreto alcaldicio que regulaba la eutanasia de canes contravino la Ley N° 20.380 y criterios anteriores del organismo, el órgano concluyó que los reclamantes no acreditaron haber representado por escrito la orden ilícita de su jefatura, como exige la Ley N° 18.883. Además, precisó que la normativa no obliga a tramitar conjuntamente procesos sancionadores con identidad de infracciones, y que la máxima sanción se justificó por la gravedad de las infracciones al principio de probidad, algunas de las cuales podían revestir caracteres del delito de maltrato animal.

Normas citadas

  • ley 18883 art/156
  • ley 18883 art/120 lt/c
  • ley 18883 art/120 lt/d
  • ley 18883 art/122 A
  • ley 18883 art/123
  • ley 20380 art/1
  • ley 20380 art/11
  • ley 18883 art/58 lt/f
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Un funcionario municipal puede eludir una sanción disciplinaria alegando que cumplió una orden ilegal de su jefatura?

En este caso, la Contraloría desestimó el argumento porque los funcionarios no acreditaron haber representado por escrito la orden ilícita, como exige la Ley N° 18.883. Sin esa representación, la alegación de haber actuado por orden de su jefatura no los eximió de responsabilidad.

¿Una municipalidad está obligada a tramitar en un solo procedimiento sumarios sobre infracciones idénticas contra varios funcionarios?

En este caso, la Contraloría precisó que la normativa no obliga a tramitar conjuntamente los procesos sancionadores que tengan identidad de infracciones. Por lo tanto, la tramitación separada no constituyó por sí sola una ilegalidad.

¿Cuándo es procedente aplicar la destitución como sanción disciplinaria a funcionarios municipales por infracciones al principio de probidad?

En este caso, la Contraloría sostuvo que la máxima sanción se justificó por la gravedad de las infracciones al principio de probidad. Algunas de esas conductas podían revestir caracteres del delito de maltrato animal, lo que reforzó la decisión de destituir.

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