Resumen
La candidata a alcalde de Quintero, T.T.G., reclamó contra la resolución N°G2451 del Director del Servicio Electoral que rechazó su cuenta general de ingresos y gastos electorales por omisión grave, desestimó el reembolso y ordenó devolver $21.647 a aportantes. La recurrente acompañó antecedentes para subsanar las observaciones N°8, 18, 21 y 23 a 27. El Tribunal tuvo por subsanadas las observaciones N°18 (gasto en dirección creativa) y N°23 a 27 (servicios de brigadistas), pero no las N°8 (falta de informe de actividades) y N°21 (factura emitida a nombre de otro candidato). Los gastos rechazados subsistentes ascendían a $2.170.000, equivalentes al 10,5% de los gastos declarados, bajo el 20% legal. En consecuencia, se acogió parcialmente la reclamación, aprobó la cuenta, ordenó el reembolso correspondiente y dispuso que el Servicio Electoral recalcule la devolución a aportantes. Hubo voto en contra del Ministro G.A.M., quien consideró subsanada también la observación N°8.