Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) resolvió que Alemania violó el derecho a la libertad de reunión y asociación (artículo 11 del Convenio) al condenar penalmente al demandante por portar una visera plástica transparente durante una manifestación pacífica contra la apertura de la sede del Banco Central Europeo en Fráncfort el 18 de marzo de 2015. La condena se basó en una prohibición general de llevar armas de protección en asambleas públicas al aire libre. El tribunal consideró que los tribunales alemanes no realizaron un balance adecuado entre el derecho del demandante y los objetivos legítimos de la prohibición, ni evaluaron suficientemente las circunstancias específicas de la manifestación. La interferencia en los derechos fundamentales no fue considerada necesaria en una sociedad democrática.