Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido contra la Municipalidad de Viña del Mar, teniéndose por entregada, junto con la notificación del presente acuerdo, aunque de forma extemporánea, la información referida a la división a cargo de verificar en terreno los problemas viales que presentan los motoristas. Se rechaza el amparo respecto a la cantidad de denuncias sobre accidentes de motociclistas sufridos por desnivel en las coordenadas y período consultado. Lo anterior, por cuanto se constató que la reclamada obró en conformidad a lo previsto en la Ley de Transparencia, al realizar, primeramente, la búsqueda de la información pedida, y luego, habiendo constatado su inexistencia, proceder a su derivación a Carabineros de Chile, por estar en mejor posición para atender el requerimiento, estimándose, que se dio respuesta en tiempo y forma a dicha solicitud; y, sin que se cuente con antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria respecto de la inexistencia invocada.