Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de la región del bio bio, declaró inadmisible el reclamo deducido, dado que debía reclamarse de la resolución ex. 108401000001 de 08.02.2016, que denegó la devolución solicitada en la declaración de renta año tributario 2013 y no de un acto administrativo posterior, sobre la misma materia.