PenalRechaza

El 28 de noviembre de 2024, O.A.F.R., junto a A.T.P., llegó al domicilio de L.O.S. en C…

Sentencia · 2026

Resumen

El 28 de noviembre de 2024, O.A.F.R., junto a A.T.P., llegó al domicilio de L.O.S. en Curicó. F.R. disparó una escopeta hechiza contra la pierna derecha de la víctima y la golpeó repetidamente con el arma, causándole fractura expuesta y sangrado profuso. Además, Troncoso agredió al hermano de la víctima con un fierro, provocándole hemorragia subdural. El Ministerio Público acusó a F.R. como autor de homicidio frustrado y porte ilegal de arma de fuego prohibida, solicitando penas de 10 y 5 años de presidio respectivamente. La defensa argumentó falta de pruebas suficientes. El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó, tras evaluar la prueba, concluyó que no se logró formar convicción más allá de toda duda razonable sobre la participación del acusado. En consecuencia, dictó sentencia absolutoria, rechazando la acusación fiscal. No se condenó en costas al Ministerio Público por haber tenido motivos plausibles.

Normas citadas

  • Art. 391 N°2 Código Penal
  • Art. 15 Código Penal
  • Art. 7 Código Penal
  • Art. 3 letra e) Ley de control de armas
  • Art. 14 inciso 1° Ley de control de armas
  • Art. 12 N°15 Código Penal
  • Art. 12 N°16 Código Penal
  • Art. 259 letra g) Código Procesal Penal
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