Resumen del criterio jurisprudencial
El empleador y el docente pueden acordar modificar la carga horaria, dentro de los límites legales. De esta manera, las extensiones horarias constituyen una modificación del contrato de trabajo en lo referido a la duración de la jornada de trabajo, modificación que debe constar en el reverso del contrato o en un anexo al mismo. Las señaladas modificaciones producen los efectos en los términos que las partes la han convenido, de manera que si han sido circunscritas a un plazo determinado significa que, a su vencimiento, el docente quedará afecto nuevamente a la jornada laboral convenida antes de la modificación.