Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre si una funcionaria del Instituto ingresado en 2004 podía reconocer períodos discontinuos en otras instituciones para cumplir los años de servicio exigidos por la bonificación por retiro de la ley N° 19.882. El órgano concluyó que sí puede acceder al beneficio, con derecho a reconocer dichos períodos, al cumplir con el requisito de cinco años de desempeño continuo anteriores a la postulación, conforme al artículo séptimo de la ley. Sin embargo, advirtió que, por haber cumplido sesenta años en el segundo semestre de 2005, el monto queda sujeto a la reducción del artículo noveno, descontándose un mes por cada semestre posterior en que siguió en funciones sin optar al beneficio. Además, precisó que la ley no fija un plazo fatal para presentar la renuncia voluntaria, sin perjuicio de esa reducción.