Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de La Pintana, ordenando la entrega de información correspondiente a las horas extras efectuadas por el funcionario que indica, durante los años 2016 y 2017. Lo anterior, por tratarse de información pública que obra en poder del órgano conforme a sus funciones y obligaciones legales, y por haberse desestimado la concurrencia de la causal de reserva de distracción indebida, por no acreditarla fehacientemente. Se concede al órgano un plazo prudencial más extenso para dar cumplimiento a lo resuelto en el presente acuerdo. Por último se hace presente que es información que debió en su momento publicarse en TA, en el apartado sobre Personal y Remuneraciones.