El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Primera Sección) declaró inadmisibles dos dema…
Sentencia · 2025
Resumen
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Primera Sección) declaró inadmisibles dos demandas presentadas por ciudadanos eslovenos contra Eslovenia respecto a medidas extraordinarias adoptadas por el Banco de Eslovenia en 2013 y 2014. Estas medidas resultaron en la cancelación de acciones y bonos subordinados en bancos eslovenos mayores sin compensación. Los demandantes alegaban que no tenían posibilidad efectiva de impugnar la interferencia con su derecho a la propiedad debido al incumplimiento de las autoridades eslovenas de implementar la sentencia Pintar y Otros contra Eslovenia. El Tribunal consideró que existía un remedio doméstico efectivo disponible bajo la Ley de Remedios de 2024 que no había sido agotado. La decisión fue unánime.
Normas citadas
Artículo 35 §§ 1 y 4 de la Convención Europea de Derechos Humanos
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