Resumen del criterio jurisprudencial
Este artículo analiza si, conforme al Código Civil chileno, la interrupción de la prescripción extintiva requiere la notificación legal de la demanda o si basta su presentación al tribunal. Se defiende la postura de que la sola presentación, seguida de notificación válida, es suficiente, a la luz de la ley 20.866 y la práctica forense.