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El pronunciamiento determinó que las horas extraordinarias de los funcionarios regidos…

Resumen del criterio jurisprudencial

El pronunciamiento determinó que las horas extraordinarias de los funcionarios regidos por la Ley N°19.378 deben compensarse con descanso complementario o pagadas con un recargo de 25% o 50%, según corresponda, y que no es posible establecer topes ni criterios distintos a los fijados por la normativa vigente.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.