Resumen del criterio jurisprudencial
La candidata a concejal por la comuna de Limache, Solange Rojas Caballo, reclamó ante el Tribunal Calificador de Elecciones contra la Resolución N°G299 del Director del Servicio Electoral, que rechazó su cuenta de ingresos y gastos electorales por no haber sido presentada, infringiendo el artículo 50 de la Ley N°19.884. La reclamante sostuvo que rindió la cuenta el 14 de septiembre de 2024, que solicitó su reserva y devolución, y que luego la presentó nuevamente el 10 de noviembre de 2024. Afirmó que el 11 de noviembre de 2024 se efectuó una reserva sobre su cuenta sin solicitud expresa, lo que motivó que se tuviera por no presentada. El Servicio Electoral informó que la candidata solicitó reversar su cuenta en cuatro oportunidades y que la reversión del 11 de noviembre fue consecuencia de una solicitud expresa de la propia candidata, quien indicó que había enviado la cuenta incompleta. El Tribunal consideró que el Servicio Electoral actuó de manera diligente, oportuna y conforme a la normativa vigente, otorgando todas las facilidades para una correcta rendición. En consecuencia, se rechazó la reclamación conforme a los artículos 47 y 50 de la Ley N°19.884.