Resumen del criterio jurisprudencial
La Comunidad Indígena Atacameña de Camar dedujo recurso de protección contra la empresa Desarrollo Proyectos Ingeniería Limitada (DPI) por realizar actividades de exploración en el Salar de Lari, territorio compartido con Socaire, extrayendo agua del Humedal de Lari y estableciendo un campamento sin permisos. La recurrente invocó la afectación del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, garantizado en el artículo 19 N°8 de la Constitución Política de la República. La empresa reconoció en una carta de 21 de noviembre de 2024 que realizaba actividades de exploración en terrenos de la comunidad y que ejecutaría un sondaje hasta marzo de 2025. La Corte consideró que la acción se interpuso dentro del plazo de treinta días desde que la comunidad tomó conocimiento de las actividades. La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección y ordenó a la empresa cesar la faena mientras no cuente con los permisos respectivos, debiendo oírse a las comunidades de Camar y Socaire en su tramitación. El fallo se fundó en la necesidad de adoptar medidas urgentes para proteger la garantía constitucional en un área de desarrollo indígena.