Resumen del criterio jurisprudencial
Cuando se pacta trabajo a distancia o teletrabajo, ello no puede significar un menoscabo de los derechos que se reconocen al trabajador, en especial, en su remuneración.
Cuando se pacta trabajo a distancia o teletrabajo, ello no puede significar un menoscabo de los derechos que se reconocen al trabajador, en especial, en su remuneración.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.