Resumen del criterio jurisprudencial
Si bien el concepto de servicios independientes ya era una característica para establecer la diferencia entre la locación de servicios y el contrato de trabajo, en el nuevo Código se acentúa tal aspecto a considerar, y en el presente caso, entiendo que atento las modalidades de los servicios prestados por el actor no existió relación laboral con la aquí demandada, ya que los mismos no fueron en beneficio de la aquí demandada sino en el de los eventuales jugadores socios de la institución que contrataron sus servicios.