Resumen del criterio jurisprudencial
Reclamo en contra de resolución. se alega que el s.i.i. no puede cuestionar los créditos si estos no fueron declarados previamente por el contribuyente y que no existen obligaciones tributarias pendientes puesto que los créditos estarían correctamente determinados. del mérito del proceso el reclamante no pudo acreditar que haya desvirtuado los cuestionamientos hechos por el s.i.i. por ello, se rechazó el reclamo y se confirmó la resolución.