Laboral

1) Resulta jurídicamente im­procedente utilizar el contra­to de honorarios, para pagar…

Resumen del criterio jurisprudencial

1) Resulta jurídicamente im­procedente utilizar el contra­to de honorarios, para pagar a un funcionario ya contratado en el régimen de la ley 1­9.378, las atenciones efec­tuadas por este en el marco del "Programa de Eliminación o reducción significativa de las Filas a Tempranas Horas", im­plementado por la Dirección de Salud de la Sexta Región. 2) Los trabajadores regidos por el Código del Trabajo pue­den percibir honorarios de su mismo empleador, siempre que ese pago se realice por labo­res diferentes a las determi­nadas en el respectivo contra­to de trabajo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.