Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo deducido en contra de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ordenando entregar la información reclamada relativa a los egresados de la Escuela Técnica Aeronáutica, entre los años 2013 y 2025, absteniéndose de proporcionar la identidad y datos personales de las personas que comprende la información, conformidad con lo dispuesto en los artículos 2º, letra f), y 4° de la ley N° 19.628, sobre protección de la vida privada. Lo anterior, por tratarse de información pública que obra en poder del órgano reclamado, respecto de la cual se ha desestimado la concurrencia de la causal de reserva relativa a la afectación al debido funcionamiento del órgano.