Resumen
La Corte de Santiago determinó que la acción fue presentada fuera del plazo de 30 días, pues la inmobiliaria conocía la ocupación de los terrenos desde, al menos, 2018. Además, sostuvo que la solicitud de desalojo exigía esclarecer la propiedad de los terrenos, las condiciones en que se produjo la ocupación y la eventual existencia de títulos o autorizaciones, materias que exceden el carácter cautelar del recurso de protección.