Resumen del criterio jurisprudencial
El inciso primero del artículo 43 del D.F.L. Nº 2, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, de 1967, se encuentra expresamente derogado por disposición el artículo 23 del D.L. Nº 1532, de 1976.
El inciso primero del artículo 43 del D.F.L. Nº 2, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo, de 1967, se encuentra expresamente derogado por disposición el artículo 23 del D.L. Nº 1532, de 1976.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.