Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución apelada de fecha 15 de julio de 2026, dictada por el 4° Juzgado Civil de Santiago en causa. Dicha resolución rechazó la solicitud de abandono del procedimiento en un juicio ejecutivo. La Corte consideró que, según el mérito de los antecedentes, procedía confirmar lo resuelto. El ministro Manuel Rodríguez Vega votó en contra, sosteniendo que el ejecutante debía solicitar la citación para oír sentencia, ya que el deber del tribunal de citar no exime al ejecutante de esa carga procesal. En su opinión, la inactividad del ejecutante permitía declarar el abandono, vulnerando el derecho a un plazo razonable del ejecutado.