AduaneroInadmisible

El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá, con fecha 8 de febrero de 2011, dictó un…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Tribunal Tributario y Aduanero de Tarapacá, con fecha 8 de febrero de 2011, dictó una resolución en la causa RIT GR-02-00006-2011, caratulada 'Funeraria Arriagada y Santander Limitada con Servicio Aduana Dirección Regional Iquique'. En la resolución se deja constancia de que, habiendo transcurrido el plazo conferido sin que se acreditara la personería del compareciente, se tiene por no presentada la reclamación. Se ordena el registro y archivo de los autos una vez ejecutoriada la resolución. Asimismo, se dispone notificar a la parte reclamante por carta certificada, conforme al artículo 127 de la Ordenanza de Aduanas, y mediante publicación en el sitio web del tribunal. La decisión fue pronunciada por el Juez Titular don Mario Guzmán Cortés y autorizada por el Secretario Abogado Aduanero Titular don Francisco Javier Orellana Rivera.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.