Resumen del criterio jurisprudencial
La defensa de Cristian Arturo Contreras Halabi dedujo recurso de nulidad contra la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar que lo condenó como autor del delito de estafa. Como causal principal invocó la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por infracción al debido proceso, a la presunción de inocencia y al principio de congruencia procesal. Sostuvo que el Ministerio Público incorporó elementos nuevos no contenidos en la acusación, que agravaban la conducta del imputado, sin que la defensa pudiera defenderse de ellos. El Ministerio Público solicitó remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones, por estimar que lo alegado correspondía a la causal del artículo 374 letra c) del Código Procesal Penal. La Corte Suprema advirtió que los reproches planteados podrían encuadrar en las causales de los artículos 374 letras c) o f) del mismo cuerpo legal. En consecuencia, ordenó remitir los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para que, previa revisión de admisibilidad, fije audiencia si corresponde.