Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo de ilegalidad municipal interpuesto por ESCADA CONSTRUCCIÓN SPA contra la Municipalidad de Conchalí. La empresa había sido adjudicataria de un contrato de mejoramiento de una plaza, pero no inició las obras dentro del plazo, lo que motivó el término anticipado del contrato y el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. La recurrente alegó infracción al artículo 79 ter del Decreto Supremo N° 250 y al debido proceso, argumentando que no se le notificó adecuadamente y que el incumplimiento no era grave. La Corte consideró que el reclamo de ilegalidad municipal es un procedimiento de derecho estricto que exige señalar con precisión la norma infringida y la forma de infracción, requisito que no fue cumplido. Además, el acto de término anticipado se fundó en una causal objetiva de incumplimiento grave prevista en las bases, sin que la recurrente desvirtuara los hechos. Por ello, se desestimó la acción, dejando a salvo otras vías judiciales.