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El 2 de octubre de 2026 la Corte de Apelaciones de Puerto Montt conoció del recurso de…

Resumen del criterio jurisprudencial

El 2 de octubre de 2026 la Corte de Apelaciones de Puerto Montt conoció del recurso de apelación interpuesto por el defensor penal privado César Alejandro Garnica González contra la resolución de 24 de septiembre de 2025 dictada por la magistrada María José Rojas Miranda, la cual había impuesto una suspensión de 15 días para el ejercicio de la profesión al abogado por su incomparecencia a la audiencia. La parte apelante alegó que la sanción vulneró su derecho a defensa al no haberse solicitado informe ni fijado audiencia para presentar descargos y pruebas. La Corte analizó los antecedentes de la audiencia y constató la ausencia de garantías procesales esenciales. En virtud de los artículos 103 y 103 bis del Código Procesal Penal, la Corte determinó que la medida era contraria al debido proceso. Por tanto, se revocó la resolución apelada y se dejó sin efecto la sanción impuesta al defensor. La decisión fue adoptada sin voto disidente y el Ministro Patricio Rondini Fernández‑Dávila, presente en la vista, no firmó por encontrarse con permiso.

Penal-apelación incidente

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.